El Colegio de Profesionales en Informática y Computación (CPIC), es un ente no estatal de derecho público con plena capacidad jurídica y patrimonio propio, creado mediante la Ley No.7537 del 1 de noviembre de 1995. Dentro de sus principales objetivos están el promover el progreso de los profesionales en informática y computación, así como emitir opinión y asesorar en materia de su competencia a los Poderes del Estado, organismos, asociaciones, e instituciones públicas y privadas.
“Unimos bajo una misma convicción ética, a los profesionales en TICs, para promover su desarrollo continuo y fiscalizar su ejercicio. Contribuimos así en la construcción de una Costa Rica tecnológicamente innovadora y accesible.”
“Posicionaremos a Costa Rica como país referente en el ejercicio ético de las TICs, promoviendo el desarrollo nacional y de las políticas públicas.”
29 de noviembre de 1989
La APRIC fue constituida el 29 de noviembre de 1989, en una actividad organizada por la Comisión de Integración del Gremio de Profesionales en Informática y Computación CIGPIC, en el auditorio del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, en Curridabat, San José. El desafío era cumplir con los objetivos de una organización profesional y dirigir y realizar el proceso de creación del Colegio.
01 de Noviembre de 1995
El nacimiento del Colegio de Profesionales en Informática y Computación (CPIC), como ente no estatal de derecho público, con plena personalidad jurídica y patrimonio propio, mediante la Ley No. 7537 de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. La misión del CPIC al nacer, fue promover el progreso de sus miembros e impulsar el desarrollo y uso ético de las tecnologías de la información en beneficio del país, misión que hasta hoy sigue imperando en el quehacer organizacional. Los primeros pasos del Colegio fueron en el Edificio Cristal, en el quinto piso oficina 511-A, en donde solo se contaba con un Director Ejecutivo y una Secretaria. Luego su personal aumentó con un encargado de Cobro.
Octubre 1999
La sede del CPIC fue trasladada al Edificio Talismán, en el Tercer piso, oficina 9, en octubre de 1999, y aunque para entonces se contaba con la misma cantidad de personal, poco a poco fue creciendo su planilla.
2010
En el 2010, el CPIC adquiere su sede propia en Barrio Montealegre de Zapote, San José, donde opera desde entonces.
La Asamblea General es el órgano máximo del Colegio y estará compuesta por todos los miembros activos. Serán atribuciones de la Asamblea General aprobar los reglamentos y los proyectos de modificaciones a la ley del Colegio y sus reformas. Aprobar los presupuestos ordinarios y extraordinarios del Colegio. Examinar los actos de la Junta Directiva y conocer de las quejas que se interpongan contra ella, por infracciones a ley orgánica del Colegio o a los reglamentos del Colegio. Elegir, por mayoría simple de votos de los miembros activos, a la Junta Directiva y al Fiscal del Colegio. Nombrar al Tribunal de Ética Profesional. Elegir, por simple mayoría de votos de los miembros activos, a los integrantes del Tribunal Electoral. Resolver las apelaciones contra los fallos del Tribunal de Ética Profesional. Sancionar a los colegiados que incumplan con los deberes y obligaciones que señala la ley orgánica del Colegio y su reglamento. Fijar las distintas cuotas que deban pagar los miembros del Colegio. Las demás funciones que le asigne la ley orgánica del colegio o su reglamento.
Responsable de nombrar a los representantes del Colegio ante cualquier organización en la que tenga representación. Formular los presupuestos ordinarios del Colegio para el ejercicio anual siguiente, y los extraordinarios, cuando corresponda, y presentarlos a la Asamblea General para su estudio y aprobación. Administrar los fondos y activos del Colegio. Nombrar los funcionarios que requiera el Colegio para su funcionamiento.
La Fiscalía estará compuesta por un Fiscal, nombrado por la Asamblea General, que actuará en forma independiente de la Junta Directiva y ejercerá una función contralora sobre las actividades del Colegio.
El Tribunal actuará como cuerpo colegiado para conocer cualquier denuncia sobre faltas a la Ética Profesional cometidas por un miembro del Colegio.
Será responsabilidad del Tribunal Electoral elaborar el reglamento de elecciones internas del Colegio, el cual regulará todos los procesos de elección que deban realizarse en él de conformidad con lo establecido en la ley orgánica del Colegio, además, reglamentará su funcionamiento interno. La Asamblea General deberá aprobar esta reglamentación.
El CPIC es creado para acuerpar a los profesionales en Informática y Computación, graduados por lo menos con el grado de bachiller universitario, en informática y computación en los centros costarricenses de educación universitaria reconocidos por el Estado y los profesionales provenientes de universidades extranjeras cuyo grado de bachillerato o superior haya sido reconocido en el órgano correspondiente. Además se encarga de asesorar a los poderes del estado en materia de informática y computación por medio de criterios expertos solicitados por la Asamblea Legislativa.